27-1-06

ISSN para blogs

Categoría: General

Catorze, en su número 369 del pasado 25 de enero, se quejaba del intento fallido de asignación de ISSN para su blog. Algo lógico si nos atenemos a la definición y características del ISSN, donde además se rechaza explícitamente a los weblogs.
La norma ISO 3297 define el campo de aplicación del ISSN: “A publication, in any medium, issued in successive parts, usually having numerical or chronological designations and intended to be continued with no predetermined end” (Publicación en cualquier medio editada en sucesivas partes, con designación numérica o cronológica y con la intención de continuidad sin finalización determinada).
Lo que define, por tanto, a una publicación seriada es su continuidad o permanencia en el tiempo y su periodicidad.
Nadie puede garantizar la permanencia de una revista pero sí su periodicidad y su línea editorial y temática. Se adquiere un compromiso tácito con los lectores-clientes y del cumplimiento de este acuerdo dependerá el éxito o fracaso de la inversión.
Ahora bien, ninguno de estos factores se da en los blog. No existe ningún mecanismo ni procedimiento que regule la periodicidad de publicación o la linea temática del mismo. Hoy hablo de documentación y mañana termino hablando de mis experiencias sexuales.
De acuerdo que algunos blogs serios pueden ajustarse a ciertos requisitos expuestos, pero ¿y el resto?¿Porqué lo que vale para unos no puede valer para otros?. Teniendo en cuenta el número de blogs ¿como afectaría esto a la asignación de ISSN y sobre todo al control de publicaciones, digamos, serias?
Por tanto, de acuerdo a la definición y espíritu con el que fue creado el ISSN, no debería asignarse a los weblogs. Es necesario una revisión profunda de la norma o la creación específica de otro número de control para este tipo de publicaciones que, sin duda, tienen un largo futuro.

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